SUB GERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES

La Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones es un órgano de línea que tiene como objeto proporcionar el crecimiento urbano ordenado del distrito, acorde a la normatividad técnica – legal y conforme a las políticas de desarrollo establecido por la municipalidad y los planes regionales y nacionales respectivos. Asimismo, norma el procedimiento para regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de habilitación urbana y edificaciones en aplicación de los reglamentos de los procedimientos administrativos relacionados con la edificación, control y supervisión de obras privadas en el distrito.

  1. Planificar, organizar, dirigir y regular las actividades relacionadas con la promoción y ejecución de las habilitaciones urbanas y proyecto de remodelación urbana.
  2. Emitir y suscribir resoluciones, certificados u otros documentos relacionados a los parámetros urbanísticos y edificatorios, y/o edificación, atender los anteproyectos en consulta, así como evaluar y suscribir los certificados de finalización y/o conformidades de obra y declaratorias de fábrica.
  3. Identificar los inmuebles en estado ruinoso y calificar los tugurios en los cuales deben realizarse tareas de reconstrucción y/o renovación urbana en coordinación con la municipalidad provincial y el gobierno regional.
  4. Coordinar con la municipalidad provincial, con el Instituto Nacional de Cultura o a su solicitud, establecer limitaciones especiales debido a la necesidad de conservación de zonas monumentales y de edificios declarados monumentos históricos o artísticos, de conformidad con las leyes sobre la materia y con las ordenanzas sobre protección urbana y del patrimonio cultural.
  5. Realizar estudios de factibilidad para proyectos de habilitación urbana, elaborando planos perimétricos, trazados y memorias descriptivas.
  6. Emitir los informes respectivos para la ratificación o no de las habilitaciones, en concordancia con los procedimientos establecidos en el reglamento Nacional de Edificaciones y las Normas de Habilitaciones Urbanas.
  7. Promover la habilitación urbana delas áreas rusticas consolidadas del distrito, así como orientar los procesos para el saneamiento de la propiedad y servicios básicos de agua y desagüe.
  8. Presidir la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos y la Comisión Técnicas Distrital de Habilitaciones Urbanas. Estas presidencias pueden ser delegadas mediante Resolución de Sub Gerencia, en profesionales de la materia.
  9. Emitir Resoluciones de Sub Gerencia para resolver los asuntos administrativos en el ámbito de su competencia.
  10. Elaborar, ejecutar y evaluar en Plan Operativo anual correspondiente a la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, disponiendo eficiente y eficazmente los recursos prepuestos y bienes asignados.
  11. Cumplir, con las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de sus funciones, con las demás competencias asignadas por el Gerente de Infraestructura y Urbanismo y demás que le correspondan conforme a Ley.

La licencia de edificación es el acto administrativo mediante el cual un gobierno local otorga al administrado autorización para ejecutar una obra de edificación, es decir una construcción de carácter permanente sobre un predio, que cuenta como mínimo con un proyecto de habilitación urbana aprobado y cuyo destino es albergar a la persona en el desarrollo de sus actividades.

Habilitación urbana es el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública.

Adicionalmente, el terreno puede contar con redes para la distribución de gas y redes de comunicaciones. Este proceso requiere de aportes gratuitos y obligatorios para fines de recreación pública, que son áreas de uso público irrestricto; así como para servicios públicos complementarios, para educación, salud y otros fines, en lotes regulares edificables que constituyen bienes de dominio público del Estado, susceptibles de inscripción en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos

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CONTACTO

Información acerca de la Sub Gerencia:

Funcionario: Arq Roció Del Pilar Lapa Huillca

Teléfono: 204-4700       Anexo: 1530

Correo: rlapah@muniate.gob.pe

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Documentos- 2023
Diagnóstico de Brechas de Infraestructura o de acceso de Servicios de la Municipalidad Distrital de Ate para la fase de Programación Multianual de Inversiones Periodo 2025 – 2027
Criterios de priorización para las inversiones de la Municipalidad Distrital de Ate
Documentos- 2022
Criterios de priorización para las inversiones de la Municipalidad Distrital de Ate
Diagnóstico de Brechas de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de Ate
PMI 2023-205
Documentos – 2019
Aprobación del Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2019-2021
Diagnóstico de Brechas
Criterios de Priorización
Actualización de la Resolución Directorial N° 001-2019-EF/63.01